Interés de demora
a la Administración
¿Has prestado un servicio o entregado bienes a una Administración Pública y te han pagado tarde? Si han pasado más de 30 días desde la entrega o desde la aprobación de la factura, tienes derecho a reclamar intereses de demora y una indemnización fija de 40 € por cada factura.
No se trata de una reclamación complicada ni incierta: la ley está de tu parte. Miles de empresas como la tuya están recuperando el dinero que les corresponde.
No lo dejes pasar.
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¿Qué puedes reclamar si la Administración se retrasa?
La Ley de Contratos del Sector Público y la Ley de Morosidad establecen claramente tus derechos como proveedor del sector público. Si una Administración (ya sea estatal, autonómica o local) no te ha pagado dentro del plazo legal de 30 días, puedes reclamar:
Intereses de demora
Indemnización por costes de cobro
Intereses procesales
¿Cuánto puedes reclamar por factura?
El importe que puedes reclamar varía según el importe de la factura, el número de días de retraso y el tipo de interés legal vigente en ese semestre. Desde 2023, los intereses legales superan el 10% anual, por lo que el dinero que puedes recuperar no es menor.
¿Quién tiene derecho a reclamar?
Si tu empresa ha sido proveedora del sector público entre 2020 y 2025 y alguna factura se ha pagado con más de 30 días de retraso, probablemente tengas derecho a reclamar si:
- Has emitido una factura conforme por un contrato público (obra, servicio, suministro)
- La factura fue presentada por el canal oficial (FACe u otro registro)
- El servicio se prestó correctamente y la factura fue aceptada
- El pago tardó más de 30 días desde la aprobación o la entrega
- El pago se hizo tarde, aunque ya hayas cobrado el principal
No importa si aún trabajas con esa Administración: reclamar tus intereses no perjudica tu relación contractual. Es tu derecho.

Reclamación paso a paso
Estudio gratuito de tus facturas y contratos
Presentamos el requerimiento legal ante la Administración
Si no responden o pagan, presentamos recurso judicial
Obtenemos el pago completo: principal, intereses e indemnización
Por qué confiar en nosotros
Reclamar a la Administración Pública requiere experiencia en Derecho Administrativo, contratación pública y jurisdicción contenciosa. Nosotros somos especialistas.
- Más de 10 años asesorando a proveedores del sector público
- Solo cobramos si tú recuperas tu dinero (modelo a éxito)
- Hemos gestionado cientos de reclamaciones a ayuntamientos, comunidades autónomas y ministerios
- Tramitamos desde el primer requerimiento hasta la ejecución judicial
- Transparencia absoluta: sabrás cuánto puedes reclamar y qué pasos seguimos
Nuestro objetivo es que recuperes tu dinero de forma segura, rápida y con todas las garantías legales.
Preguntas frecuentes
Sí puedes reclamar. Lo habitual es que la Administración pague el principal pero no los intereses. Si cobraron tarde, te deben intereses y la indemnización.
El plazo de 30 días comienza desde la aprobación o conformidad, no desde la emisión de la factura. Aun así, si se retrasaron desde la conformidad, puedes reclamar.
Sí. Reclamar intereses no afecta tu relación con la Administración. Es tu derecho y está respaldado por la ley y la jurisprudencia europea.
No. Desde 2022, el Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Supremo español han confirmado que los intereses se calculan sobre el total con IVA, sin necesidad de justificar el pago a Hacienda.
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